El Congreso planea aceptar el proyecto de ley que introduce una nueva cláusula en el Código Civil que considera que «los animales dejan de ser cosas u objetos«.

De hecho, se trata de una iniciativa que se adoptó por unanimidad en diciembre de 2017, pero sus trámites parlamentarios se interrumpieron cuando se disolvieron las Cortes Generales  en marzo de 2019, por lo que ahora debe volver a proponerse. 

Los cambios en la consideración de los animales domésticos en el Código Civil son de gran importancia para las mascotas y sus dueños. 

Por ejemplo, a partir de ahora esto significa que, al tratarse de una vida y no de un objeto, pueden contar con protección y considerar su abandono o abuso como un «delito penal«. 

Además, después de que se modifique la «Ley Hipotecaria«, los animales de la familia no podrán ser embargados. 

En cuanto a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, esto significa que tras el divorcio se trasladará la custodia de las mascotas en función del bienestar de los animales al igual que ocurre en el caso de la custodia de los hijos. 

 

¿En el divorcio quién se queda con la mascota?

El acuerdo de divorcio con las mascotas domésticas es uno de los efectos directos tras la aprobación del cambio legislativo. Hasta ahora, los jueces podían incluir a los animales como objetos para su distribución como otra propiedad o hacer acuerdos específicos. 

Luego de que la reforma entre en vigencia, primero se considerará  el bienestar y los beneficios de cada animal, y luego decidir quién lo cría, que es lo mismo que ocurre con los niños menores de edad.

También cabe el caso de poder solicitar la custodia compartida. Antes de decidir quién cuidará a los animales, el juez deberá valorar los intereses de los familiares y el bienestar de los animales, y los gastos relacionados con el cuidado de los mismos”.

El juez también podría decidir otras cosas para la vida de las mascotas, como el futuro destino del animal o el régimen de visitas.

Como siempre desde Gimeno Abogados os recomendamos que acudáis a un profesional en divorcios en Alcoy, para que gestione ahora también al futuro compartido de vuestra mascota en caso de divorcio. 

De esta forma, se estipula que los animales no pueden volver a ser considerados bienes muebles u objetos, sino seres vivos.

La intención es que el sistema legal aplicable para los bienes muebles u objetos sea cada vez menos aplicable, y que la mayoría de las situaciones legales tengan en cuenta las leyes que se dirigen específicamente a los animales como seres vivos, y con ello su futuro bien en caso de divorcio. 

Este era un cambio legislativo que era más que necesario, tanto para los animales como para sus dueños, que en caso de divorcio se veían desamparados sin una ley que protegiera también a sus animales domésticos. 

En Gimeno Abogados tenemos una amplia experiencia en divorcios en Alcoy, nos avalan años de experiencia en este tipo de casos.