Desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023, no contar con un canal de denuncias interno ya no es solo una mala práctica, sino un riesgo legal real para muchas empresas. Aun así, todavía existen organizaciones que desconocen o infravaloran las consecuencias legales de no tener un canal de denuncias, tanto a nivel sancionador como reputacional.
En este artículo analizamos qué ocurre si una empresa no implanta un canal de denuncias, qué responsabilidades puede asumir y por qué este sistema es hoy un pilar esencial del Compliance corporativo.
La obligación legal de disponer de un canal de denuncias
La Ley 2/2023, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937, establece la obligación de implantar un sistema interno de información para determinadas empresas y entidades públicas. Este canal debe permitir comunicar irregularidades de forma segura, confidencial y sin represalias para el informante.
Cuando una empresa obligada no implanta un canal de denuncias o lo hace de forma meramente formal, sin cumplir los requisitos legales, incurre en un incumplimiento normativo que puede ser sancionado.
Sanciones por no tener un canal de denuncias
Una de las principales consecuencias legales de no tener un canal de denuncias es la imposición de sanciones administrativas. La Ley 2/2023 prevé multas económicas relevantes cuando la empresa incumple sus obligaciones, ya sea por no disponer del canal, por no gestionarlo correctamente o por vulnerar los derechos del informante.
¿Quién puede ser sancionado por no tener un canal de denuncias?
La Ley 2/2023, de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, establece un régimen sancionador que puede aplicarse tanto a personas jurídicas como a personas físicas cuando no se implanta el canal de denuncias o cuando este no cumple con los requisitos legales de confidencialidad, anonimato y correcta gestión.
A continuación, se recoge un cuadro resumen de las sanciones económicas previstas en función del tipo de infracción y del sujeto responsable.
| Sujeto sancionado | Infracciones leves | Infracciones graves | Infracciones muy graves |
| Personas jurídicas | Hasta 100.000 € | De 100.001 € a 600.000 € | De 600.001 € a 1.000.000 € |
| Personas físicas | De 1.001 € a 10.000 € | De 10.001 € a 30.000 € | De 30.001 € a 300.000 € |
Estas sanciones pueden imponerse cuando la empresa u organización no dispone de un canal de denuncias, lo tiene mal implantado o cuando se producen conductas que obstaculizan su funcionamiento, como represalias contra el informante o vulneraciones de la confidencialidad.
Medidas adicionales en caso de infracciones muy graves
En Gimeno Abogados asesoramos a empresas en la implantación y revisión de canales de denuncias internos, asegurando su adecuación a la Ley 2/2023, al RGPD y a las mejores prácticas en materia de Compliance.
Además de las sanciones económicas, en los supuestos de infracciones muy graves, la Autoridad Independiente de Protección del Informante puede acordar medidas adicionales especialmente relevantes para las empresas, como:
- Amonestación pública.
- Prohibición de obtener subvenciones o beneficios fiscales durante un plazo máximo de 4 años.
- Prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de 2 años.
Estas sanciones no solo afectan al ámbito económico. También pueden implicar la imposición de medidas accesorias, como la obligación de implantar el sistema bajo supervisión o la publicación de la sanción, con el consiguiente impacto reputacional.
Más allá de las sanciones administrativas, no contar con un canal de denuncias eficaz puede tener consecuencias mucho más graves. En el ámbito del Compliance penal, la ausencia de mecanismos internos de detección y prevención de delitos puede debilitar seriamente la posición de la empresa ante una investigación judicial.
Daños reputacionales y pérdida de confianza
Otra de las consecuencias de no tener un canal de denuncias es el daño reputacional. Hoy en día, clientes, inversores y socios valoran cada vez más la transparencia y la cultura ética de las organizaciones. La inexistencia de un sistema de denuncias internas puede interpretarse como una falta de compromiso con la legalidad y la integridad corporativa.
Además, cuando no existe un canal interno, las irregularidades suelen salir a la luz por vías externas, como denuncias públicas o procedimientos judiciales, lo que agrava el impacto negativo para la empresa.
Falta de control interno y detección tardía de irregularidades
No disponer de un canal de denuncias interno priva a la empresa de una herramienta esencial para detectar riesgos de forma temprana. Muchas infracciones podrían corregirse internamente antes de convertirse en conflictos legales graves si existiera un sistema adecuado de comunicación.
Por ello, entender las consecuencias legales de no tener un canal de denuncias implica también asumir que la empresa pierde capacidad de control, prevención y reacción ante conductas irregulares.
El canal de denuncias como inversión en Compliance
Lejos de ser una carga, el canal de denuncias debe verse como una inversión estratégica en Compliance. Permite cumplir la ley, reducir riesgos legales, proteger a la empresa frente a sanciones y reforzar una cultura corporativa basada en la ética y la transparencia.
Las consecuencias legales de no tener un canal de denuncias van mucho más allá de una posible multa. Afectan a la responsabilidad penal de la empresa, a su reputación y a su capacidad para gestionar riesgos internos de forma eficaz.
Contar con un canal de denuncias bien diseñado y gestionado ya no es una opción, sino una obligación y una herramienta clave de protección empresarial.
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